Del CCC al IBAN: la SEPA ya está en nuestro banco

Del CCC al IBAN: la SEPA ya está en nuestro banco

Los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea han aprobado la prórroga presentada hace algunas semanas que proponía ampliar el plazo para completar la transición a la zona única de pagos (SEPA, en sus siglas en inglés).

La Comisión Europea había presentado la propuesta de fijar un plazo adicional de seis meses de transición durante el cual se sigan admitiendo los pagos que no se ajusten al sistema SEPA, con el fin de minimizar posibles desajustes durante el proceso de entrada en vigor de la zona única de pagos. Un aplazamiento por motivos de seguridad jurídica, con el fin de evitar cualquier posible discontinuidad en la aplicación de las normas que establecen los requisitos que deben seguir las transferencias y los adeudos.

A partir de la nueva fecha límite del 1 de agosto de 2014, todas las transferencias de crédito y débito directo en euros se harán bajo el mismo formato: Transferencias de Crédito SEPA (SCT) y Adeudos Domiciliados SEPA (SDD).

 

Sin comisiones para usuarios

El BOE ha publicado una Disposición en la que deja claro que el tránsito del antiguo número de cuenta de cliente (CCC) al nuevo código internacional (IBAN) será completamente gratuito para las transferencias y recibos domiciliados por el usuario hasta el año 2016. Esto es, no podrá mediar cobro de comisiones, al menos hasta esa fecha.

Según recoge el BOE, los proveedores de servicios de pago “no cobrarán a los usuarios consumidores de servicios de pago ninguna comisión o tasa, directa o indirectamente relacionadas con los servicios de conversión”. Puntualiza además que esta gratuidad se dará “cuando sean consumidores y exclusivamente para operaciones nacionales”, y exige a los bancos que se facilite “al consumidor el IBAN antes de que inicie la operación“.

La nueva norma exige también que los bancos informen a los usuarios “de las características del nuevo servicio, así como de las consecuencias que con dicha conversión se producen“. Esa información deberá “ser clara, objetiva, no engañosa y comprensible para el consumidor“.

 

Imagen: Fotolia

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