Empresas afectadas por el Criterio de Caja en IVA / IGIC

Empresas afectadas por el Criterio de Caja en IVA / IGIC

Pese a la ampliación del plazo para acogerse al régimen especial del criterio de caja en IVA /IGIC, la medida no ha tenido el nivel de aceptación que se esperaba entre los empresarios. Pero no olvidemos que aunque este régimen es opcional, las empresas que reciban facturas acogidas a este régimen también se verán afectadas.

Si alguno de tus proveedores se ha acogido al criterio de caja en IVA / IGIC, deberás gestionar tus facturas con este mismo criterio; es decir, del total de compras recibidas sólo se liquidarán los importes pagados. Por tanto, recuerda que no podrás deducirte el IVA / IGIC de sus facturas hasta que las pagues.

Por otra parte, estarás obligado a incluir datos adicionales en tu libro de facturas recibidas, ya que además de todos los conceptos habituales, deberás aportar la fecha en la que ha tenido lugar el pago de aquellas facturas recibidas bajo criterio de caja y el medio de pago que has utilizado. Esto implica que habrá un descuadre entre el IVA / IGIC que aparecerá en el libro de facturas recibidas y el impuesto que será deducible en tus declaraciones. Para cuadrarlo, debes aplicar las correcciones oportunas.

Criterio de caja IVA IGIC

En cualquier caso, la clave de una correcta gestión del nuevo régimen es contar con un software adecuado y perfectamente adaptado a sus peculiaridades. Nuestras soluciones n Noray Contabilidad, Noray Gestion, Noray Tpv y Noray Hotel gestionan perfectamente la contabilización de facturas afectadas con el criterio de caja en IVA / IGIC.

 Criterio de caja IVA IGIC

Si quieres más información, lee este post anterior en el que aclarábamos todas las dudas sobre el nuevo régimen. También pueden consultar la sección de preguntas frecuentes en la página web de la Agencia Tributaria.

Imagen: Fotolia

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