¿Cómo aplazar una deuda con la Seguridad Social?

¿Cómo aplazar una deuda con la Seguridad Social?

En épocas tan complicadas como ésta no son pocas las empresas que encuentran dificultades para cumplir sus compromisos de pago con Hacienda o con la Seguridad Social.

Siempre es importante evitar gastos innecesarios, pero existen costes que debemos mantener indefectiblemente si queremos seguir adelante con nuestra empresa. Este es el caso de los trabajadores y, por lo tanto, de las cuotas obligatorias de la Seguridad Social. Tener empleados supone una importante carga económica para el empleador, que se ve obligado a desembolsar estas cantidades mes a mes. En ocasiones ocurre que llega el momento del vencimiento y no disponemos de liquidez para afrontarla. ¿Qué hacer cuando no podemos pagar a la Seguridad Social? ¿Podemos aplazar el pago de la deuda?

El aplazamiento es un acto administrativo que podemos solicitar desde que se inicia el plazo reglamentario para el ingreso de la deuda hasta que la Administración notifica al deudor el embargo, o lo que es lo mismo, hasta que se inicia el reclamo por vía de ejecución.

El aplazamiento de una deuda con la Seguridad Social puede pedirlo cualquier persona física o jurídica, pero debemos saber que hay dos cargos que son inaplazables: 1) las cuotas que se pagan para dar cobertura a los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y 2) en el caso de que sea empresario y tenga trabajadores a su cargo, la llamada ‘cuota obrera’, el porcentaje que corresponde pagar al trabajador por cuenta ajena y de cuyo ingreso es responsable el empresario.

El período total de aplazamiento no podrá exceder de 5 años, pero dependerá del importe de la deuda y de las circunstancias existentes, que se nos conceda el máximo o un plazo inferior. Sin olvidar que la concesión del aplazamiento dará lugar al devengo de intereses, conforme al interés legal del dinero.

En cuanto a los documentos que se deben de entregar para solicitar el aplazamiento, lo más acertado es acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social para que nos informen de cuáles son los necesarios en un caso concreto porque ni todas las deudas ni todos los aplazamientos tienen la misma complejidad ni necesitan la misma documentación.

Nuestro consejo: confía siempre estas gestiones a una asesoría laboral o un graduado social con experiencia. Ellos sabrán cómo actuar.

 

Imagen: Fotolia

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